Por Eva Giberti
El hombre se acercó a la empleada administrativa, exaltado: “¿Cuándo me van a atender? Hace media hora que espero…”. Una mujer sesentona y corpulenta que lo acompañaba, y que era su mamá, subrayó, con el mismo modo: “¡Yo no voy a perder aquí toda la mañana! ¡Y quiero que me escuchen para que se sepa la verdad!”
Eran las 11.15. Habían sido convocados ese día a las 11, según constaba en la citación que mostraban. El policía de guardia, entrenado en esas escenas, se limitó a mirarlos. La empleada administrativa, detrás de la ventanilla, respondió: “Están demorados unos minutos, ya los van a atender…”.
En ese mismo momento una profesional llamó al hombre y le pidió a la señora que esperara. Otra vez discusión: “Yo quiero entrar con él, porque él es demasiado bueno y no va a contar toda la verdad, lo que le ha hecho vivir la loca de su mujer durante años…”.
Le explicaron: “Ya la vamos a escuchar, señora. Primero pasa el señor”.
Escena reiterada. ¿Dónde? En el Cuerpo Interdisciplinario contra la Violencia Familiar, que depende del Programa Las Víctimas contra las Violencias, del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Este Cuerpo Interdisciplinario cuenta con abogados, psicólogos, trabajadoras sociales y un agente policial en la puerta de ingreso al local.
Fue creado por el Art. 6º del Decreto Nº 235/96, reglamentario de la Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar y comenzó a funcionar el día 4 de noviembre de 1997.
Era convocado por los Juzgados de Familia y/o Defensorías Nacionales y recibe los expedientes iniciados en los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Civil por denuncias relacionadas con violencia familiar. Actualmente sus miembros asumen los expedientes con las denuncias recibidas en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, derivados por los jueces, donde se ha labrado un acta con los dichos de el o la denunciante. En esa instancia se confecciona un informe que describe la situación en que se encuentra la supuesta víctima.
Durante las últimas décadas, en las cuales se posicionó la violencia familiar como un delito que ya no podía mantenerse encerrado puertas adentro, se colocó el énfasis en las víctimas del violento. Hoy en día el tema se ha instalado en la agenda informativa. Y la tarea pionera, que iniciaron diversas instituciones en la década del ’80, actualmente no constituye secreto doméstico, ya que los medios difunden datos a escala mundial referidos a la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar.
Acerca de esta política es imprescindible advertir que estamos frente a violencia de género, aunque mantengamos las tradicionales nomenclaturas de violencia doméstica, familiar o conyugal. Utilizar este lenguaje arriesga disimular o tornar invisible la desi-gualdad de género que constituye el eje del problema del cual la violencia familiar es un indicador. Feroz y a veces homicida, razón por la cual lo atendemos, pero sin distraernos: es un recurso o instrumento destinado a mantener las características de las relaciones entre hombres y mujeres, reguladas por la desigualdad y la explotación de las mujeres que se expresa en múltiples niveles, uno de cuyos paradigmas es el golpeador. Frente al cual la ley garantiza su derecho a la defensa y a la apelación.
¿Quién escucha al golpeador?
Puede contar con un defensor una vez que la denuncia se ha judicializado. ¿Quién atiende a su defensor que se presenta reiteradamente “para apurar el expediente”?
Lo hace el Cuerpo Interdisciplinario que desde el año 2008 –y después de numerosos avatares técnicos y administrativos– ingresó como parte del Programa Las Víctimas contra las Violencias y fue modificado por nosotros en su filosofía y procedimientos: es el encargado de cerrar el circuito de estudios y diagnóstico que el juez precisa para sentenciar al violento, una vez que se evaluó el riesgo intrafamiliar para la víctima, sus hijos y la convivencia de acuerdo con lo que la ley indica. Lo cual sólo constituye un segmento de la atención que merece la violencia de género y el ejercicio del poder patriarcal del cual las pautas de la Justicia son tributarias.
Se supone que una vez instalada la denuncia de la víctima en el ámbito de la Justicia es suficiente, porque Su Señoria excluyó del hogar al golpeador durante tres meses. ¿El golpeador permanecerá silencioso sin demandar ser escuchado? No se queda tranquilo, a menudo ronda la casa de la que fue separado, pretende volver con su mujer usando intermediarios o la manda amenazar.
Este es un punto de inflexión, significativamente ausente de la mayoría de las prédicas y descripciones referidas al tema violencia familiar, que finalizan sin mencionar la continuidad del circuito de la violencia más allá de la exclusión del hogar.
El que ha delinquido busca ser escuchado y la ley indica que deberá ser evaluada la peligrosidad de la convivencia familiar. Si los equipos técnicos de los juzgados y los peritos judiciales no son convocados o no alcanzan a cubrir la multitud de historiales que deben atender, el Cuerpo Interdisciplinario, por mandato del juez, tiene obligación de realizar el diagnóstico de violencia intrafamiliar para que Su Señoría cuente con otros elementos, más allá de la denuncia inicial, y saber qué sucedió durante la vida de esa organización familiar.
La familia cercana del violento
y la vivienda compartida
Motivo por el cual no solamente escuchamos al golpeador sino también citamos a miembros de su familia: su madre o padre, hermanos, hijos y a la propia víctima. A partir de allí, la violencia familiar pone entre paréntesis la posición de víctima/victimario para desarrollarse en una escena que se desenvuelve delante nuestro según lo que vemos y lo que escuchamos.
Ya no se trata de una víctima narrando su historia, sino de un paisaje de violencia en el que los vecinos –con los que se conversa en la visita domiciliaria– excede notoriamente de lo que habitualmente se analiza. Sus momentos e historias se enhebran según la usanza y modalidad de los orígenes institucionales de la familia que incluía a los parientes, los siervos y la corresidencia, dirigida y comandada por el pater.
De este modo, la señora sesentona, madre del golpeador y suegra de la denunciante, que encaraba con agresivos modales a la empleada administrativa, se sienta delante de una psicóloga y de una trabajadora social, si es que una abogada no ha debido intervenir previamente para explicarle las características del expediente que se tramita. Entonces surge la “denuncia grave” contra su nuera: “Sólo le interesaba salir a pasear, nunca se ocupaba de mi hijo ni de los chicos. Mi hijo volvía de trabajar y no tenía comida preparada ni estaba ella esperándolo. Ella le gasta todo el dinero que él gana. Una vez le tiró con un adoquín de la construcción que estaban haciendo dentro de la casa y lo lastimó a él. ¿Cómo va a decir que él es violento? Yo lo conozco bien porque es mi hijo. Pero es un hombre y ella tiene que portarse como una esposa”.
Las madres del golpeador, que con frecuencia reproducen estos dichos, describen a la denunciante como si fuera una mantis religiosa, una mujer araña que devora a su compañero malgastando su dinero, acorralándolo con sus maldades y descuidos, además de proceder como una mala madre.
Es un parámetro interesante que permite conjeturar las pulsaciones que quizá latieran en esa familia, cuando el varón incluye en su descargo “que su mujer le tiró un ladrillo” sin explicar que previamente él la había trompeado. Si alguien denominase a estas escenas “violencia cruzada”, es decir “los dos se pegan”, carecería de perspectiva. Porque el ladrillazo se torna un recurso defensivo ante los puños de un varón mucho más fuerte que ella. Para lo cual interesa comparar la estatura entre ambos, realidad que tenemos ante nuestros ojos. O sea, es el mundo donde lo simbólico del lenguaje yace astillado entre insultos y golpes para dejar paso a la categorización de los estudios de género como relación social y no como construcción simbólica. El género como construcción simbólica es el que describe –entre otras teorizaciones– las posiciones de dominio sobre las mujeres, buscando su sometimiento, y el género como relación social pone en evidencia cómo funciona ese dominio.
Alcanza con escuchar a la suegra y no sólo al golpeador para comprenderlo. Lo que permite diagnosticar que esta víctima debió ser doblemente víctima, dadas las acusaciones de esta señora. (Dejo abierto el capítulo que describe cómo se distribuyen las relaciones de dominio cuando las ejercen mujeres con papel preponderante, zona que no corresponde sea ocultada si pretendemos reconocer y estudiar las diversas formas de la violencia estructural.)
Los diálogos con los golpeadores
y violentos en general
Es preciso entrenarse para escuchar a quien fue denunciado como golpeador. Si en ese expediente encontramos que en un primer momento la víctima o un vecino alcanzó a llamar al número 137 (a nuestra Brigada contra la Violencia Familiar perteneciente al Programa Las Víctimas contra las Violencias, que interviene los 365 días del año y durante las 24 horas) encontramos una notoria ventaja para la apreciación real de los hechos. Porque el informe de la Brigada se realiza desde el domicilio de la víctima al cual se llega cuando el denunciado con frecuencia ha huido (en otras oportunidades un patrullero llega rápidamente –por el llamado de la Brigada que solicita su intervención por si el golpeador permanece en el domicilio– y lo detiene). Detrás de esa intervención llega la Brigada cuyos profesionales asumirán la atención de la víctima. Estos profesionales ingresaron en el domicilio momentos después del llamado telefónico de ella o de un vecino, de manera que toman contacto con la escena donde se desarrollaron los ataques y en su informe describen el estado en que se encontraban las habitaciones y la situación de los hijos, aterrorizados después de presenciar la golpiza contra la madre.
Cuando el expediente que recibe el Cuerpo Interdisciplinario incluye el informe de la Brigada que intervino debido al llamado al 137, los colegas que deben evaluar la situación cuentan con un documento inapreciable.
De manera que las argumentaciones del denunciado acerca de su inocencia o de lo escaso de la violencia quedan desmentidos por una evidencia rotunda.
Pero no siempre interviene esta Brigada. Los expedientes llegan desde los juzgados y frente al agresor contamos con lo que él nos pueda decir, también algún familiar a quien se ha citado y también sus hijos. Además de entrevistar a la víctima lo más brevemente posible, para no revictimizarla, ya que se cuenta con los datos obtenidos por la Oficina de la Corte y en algunas oportunidades por los colegas de la Brigada contra la Violencia Familiar (137).
Casi sistemáticamente el violento se presenta como víctima de una mujer mentirosa, con la cual nunca debió formar pareja. Esto sucede en cualquiera de las clases sociales. En oportunidades, miente: “Solo la empujé porque estaba nervioso. Ella me hace perder la paciencia”. Sin embargo, la intervención hospitalaria informa una fractura de costilla.
Son personas que llegan irritadas a esa entrevista y algunos intentando impresionar como personas calmas y moderadas. Pero siempre –como es lógico– defendiendo sus derechos que describen vulnerados por su compañera. Es infrecuente que reconozcan su responsabilidad en el hecho. Suponen, y así es, que están bajo sospecha por parte de quien los entrevista y que les resultará complejo desactivarla. La capacidad diagnóstica de quien lo entrevista juega su eficacia después de la previa lectura del expediente donde se describe la denuncia. Este fenómeno reclama un entrenamiento profesional y poder escucharlo con suficiente distancia emocional (es una manera simplista de referirse a las distintos momentos del entrenamiento).
Lo escuchan una psicóloga y una trabajadora social. Ambas también escuchan a los otros miembros de la familia que han sido citados.
La percepción social que tienen los violentos acerca de lo que significa una mujer suele ser coincidente en lo que se refiere a inequidades de género: las consideran como sujetos inferiores destinadas a servirlos y obedecerlos, comenzando por la disponibilidad de sus cuerpos femeninos. De allí surge “lo que es propio o le corresponde al varón y a la mujer”, según sus creencias. Si la mujer “no cumple” con “lo que es propio de ella por ser mujer”, el golpeador pone en marcha lo que supone es “propio de él por ser varón”, el ejercicio de la violencia en cualquiera de sus formas. Que cada vez con mayor frecuencia termina en el femicidio, matándola.
Los hijos dicen lo inesperado
En las entrevistas con los niños y niñas, habitualmente testigos de los ataques y también sus víctimas, por lo general temen hablar de lo que ven que sucede entre sus padres. Pero algunos describen sin titubear y sin que se les pregunte. El procedimiento no demanda, por ahora, Cámara Gesell.
Algunos se quedan sentados esperando que sus padres finalicen las entrevistas, otros corretean por la sede o juegan con algunos juguetes disponibles, otros se acurrucan en los brazos de un familiar.
En oportunidades, la mirada de una profesional alerta pregunta al pasar “¿cómo te hiciste ese moretón en el brazo?”. El niño intenta taparlo con la manito y esa circunstancia sugiere la consulta pediátrica.
Aparece entonces que la violencia del golpeador, denunciada por la madre, también recae sobre los chicos, marcados por el pater familia y, ante nuestro pedido, confirmada por los médicos.
O sea, la idea de violencia familiar se va construyendo y ampliando mucho más allá de lo que los gritos desesperados de una víctima podrían sugerir.
Y en alguna oportunidad se produce un giro en relación con quien ha hecho la denuncia, cuando los hijos comienzan a contar que “su mamá les pega mucho, sobre todo a los más chiquitos”, situación descripta por una hermanita mayor. Lo cual modifica, en la misma sede del Cuerpo Interdisciplinario, la característica de la denuncia. Estamos ante una familia violenta, aun antes de realizar la visita domiciliaria que nos aporta datos concretos relativos a esa organización familiar. En estas circunstancias la denuncia de la madre y la primera intervención del juez, por ejemplo excluyendo transitoriamente al padre del hogar, abre un interrogante acerca de la sentencia definitiva después que Su Señoría ha leído la descripción, conclusiones y sugerencias que el Cuerpo Interdisciplinario produce.
Aquí finaliza la tarea prevista por la ley respecto del Cuerpo Interdisciplinario que dispone de escasísimos recursos para una orientación final en situaciones concretas de familias violentas. En realidad, es la sociedad la que no dispone de ellas porque esta índole de violencia sólo es un indicador de la violencia de género, que no necesariamente se soluciona enviando a los violentos y a sus víctimas a respectivas psicoterapias. Puesto que se arriesga la presencia de ideologías patriarcales como fundamento de aquéllas. Si estamos frente a una violencia estructural que sostiene las desigualdades entre los géneros, el problema es abarcativo y no alcanza con enfoques individuales, aunque éstos sean imprescindibles.
Interesa conocer el periplo que continúa a las denuncias, de allí la importancia de informar las acciones del Cuerpo Interdisciplinario en el cual las abogadas juegan un papel preponderante regulando y supervisando los expedientes, protagonistas mayores y soportes de todo lo que se actúa. También interesa saber que estas prácticas son las que advierten acerca de los engaños que pueden enmascararse detrás de acciones efectivas en beneficio inmediato de las víctimas: el ocultamiento de la desigualdad de género ante la sociedad. Sería riesgoso encandilarse con la necesaria “lucha contra la violencia familiar o doméstica”, postergando las acciones y los discursos que reclaman conciencia y oposición hacia esas desigualdades. Territorio donde, en nuestro país, nos falta un inmenso camino por transitar en la aplicación de las leyes de protección integral.